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¿Qué derechos tiene el comprador de una vivienda?

¿Qué derechos tiene el comprador de una vivienda?

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La compra de vivienda es una de las decisiones más importantes que tomará una persona a lo largo de su vida. Antes de dar ningún paso, es necesario conocer cuáles son nuestros derechos (y obligaciones) que giran en torno a esta operación.

Además de estar alerta ante la publicidad engañosa o las cláusulas abusivas, el comprador debe estar al tanto de otras cuestiones como la normativa que rige su derecho a informarse y/o a reclamar o sobre las obligaciones establecidas en el contrato de arras y en el de compraventa.

Primeros pasos. Identificar factores de riesgo

La compra de la casa no está exenta de riesgos. Para evitar futuros problemas hay que tener en cuenta:

  • Que el inmueble esté libre de cargas y gravámenes. Para ello pediremos una nota simple del inmueble en la Oficina del Registro de la Propiedad que le corresponda.
  • Comprobar si hay deudas inherentes al inmueble.
  • El contrato de arras. A través de este documento se salvaguardan los derechos del comprador y del vendedor. Busca asesoramiento antes antes de suscribir este contrato.
  • Si vas a solicitar una hipoteca, averigua antes las condiciones del préstamo. Lee con atención la Ficha Europea de Información Normalizada. Es un documento que te dará el banco con las principales condiciones del préstamo que te va a conceder.
  • Contrato de compraventa. Deberás verificar el precio, las obligaciones de ambas partes, su registro, etc.

Principales derechos del comprador de la vivienda

Derecho a una publicidad lícita
La Ley 18/2007 establece que la publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de viviendas debe ajustarse a los principios de veracidad. Como compradores tenemos derecho a recibir información veraz sobre los inmuebles que se promocionan.
El artículo 58.4 de la ley también indica que: “los datos, características y condiciones relativos a la construcción, situación, servicios, instalaciones, adquisición, utilización y pago de las viviendas que se incluyen en la oferta, promoción y publicidad son exigibles ulteriormente por el comprador, aunque no figuren expresamente en el contrato de transmisión”.

Derecho de información
El comprador tiene derecho de conocer toda la información relativa a la vivienda que va a adquirir. Para ello debe obtener una nota simple en el registro que corresponda. También es conveniente pedir al presidente de la comunidad un certificado en que se acredite que el vendedor está al corriente de todos los pagos.

Derecho que no asumir cláusulas abusivas
Según el artículo 82.4 de Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, se consideran abusivas aquellas cláusulas que limiten los derechos del consumidor y determinen la falta de reciprocidad en el contrato. Las que se incluyan en el contrato de compraventa deben de ser claras y sencillas. En caso de existir alguna duda siempre prevalecerá la interpretación que sea más favorable al comprador.

Derecho a reclamar
Si tras la compra, el propietario observa deficiencias en el inmueble o que no se cumplen alguna de las condiciones establecidas en el contrato, éste tiene derecho a presentar una reclamación.
Si se trata de una vivienda nueva existen tres tipos de garantía:

  • Un año por los defectos de ejecución que afecten a los elementos de acabado de las obras: zócalos o azulejos mal colocados.
  • Tres años por los daños materiales que han causado en el inmueble los defectos de construcción: humedades, fallos en algunas de las instalaciones, etc.
  • Diez años por los daños materiales que han causado en el inmueble defectos que afecten a la cimentación, soportes, vigas, etc. Hablamos de grietas, hundimientos, fisuras, etc.
  • Quince años para los incumplimientos de acuerdos y cláusulas del contrato de compraventa.

En el caso de comprar una vivienda a un particular también se pueden reclamar vicios ocultos. Se entiende por estos los defectos que no se pueden detectar a primera vista. El plazo de reclamación es de seis meses desde el momento de la compra.

Otros derechos a tener en cuenta

  • El comprador puede negarse a recibir la propiedad de forma parcial. Es decir, siempre y cuando en el contrato se estipule que se le entregará de forma completa todos elementos que forman parte del inmueble: por ejemplo, un garaje o un trastero.

Si todavía tienes dudas sobre los derechos que te corresponden como comprador de una vivienda, llámanos. En Creditoh! podemos ayudarte.

Foto por Lucrezia Carnelos en Unsplash

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